Comunidad Francesa

Comunidad Francesa
Communauté française
Entidad política supranacional
1958-1995




Lema: Liberté, Égalité, Fraternité
(Libertad, Igualdad, Fraternidad)
Himno: La Marsellesa

La Comunidad francesa en 1959.

La Comunidad francesa en 1961.
Capital París
Entidad Entidad política supranacional
Idioma oficial Francés
Población  
 • Total 250 000 000 (1959) hab.
Moneda Franco francés, Franco CFA, Franco CFP
Período histórico Guerra Fría
 • 4 de agosto
de 1958
V República Francesa
 • 4 de octubre
de 1995
Descolonización
Forma de gobierno Confederación de estados soberanos
Precedido por
Sucedido por
Unión Francesa
Quinta República Francesa
Mauritania
Argelia
Comoras
Yibuti
Vanuatu

La Comunidad Francesa (en francés: Communauté française) fue una entidad política regional francesa vigente entre 1958 y 1960. Instaurada por la Constitución francesa de 1958 (V República) en reemplazo de la Unión Francesa.

Historia

Estuvo formada por Francia y sus departamentos y territorios de ultramar y estados asociados. Los estados asociados fueron: Camerún, Senegal, Togo, Benín, Níger, Burkina Faso, Costa de Marfil, Chad, República Centroafricana, República del Congo, Gabón, Malí, Mauritania y Madagascar. En el caso de Guinea, esta obtuvo su independencia inmediata en 1958 al rechazar, por referéndum, la aprobación de la Constitución de 1958. Posteriormente, durante 1960, los restantes estados asociados negocian y obtienen su independencia de Francia. El 16 de marzo de 1961, en un intercambio epistolar entre el primer ministro Michel Debré y el presidente del Senado Comunitario se constata la caducidad de las disposiciones constitucionales del título XII. Estas últimas disposiciones son formalmente derogadas por la revisión constitucional del 4 de agosto de 1995.

Organización administrativa

Según el derogado Título XII (artículos 77 a 99, en el texto original de 1958), la Comunidad se organizaba en:

  • El presidente de República Francesa que preside y representa la Comunidad;
  • Un Consejo Ejecutivo de la Comunidad, presidido por el presidente de esta e integrado por el[primer ministro de Francia los jefes de gobierno de cada uno de los Estados miembros y por los ministros, de la Comunidad, a cargo de asuntos o negocios comunes;
  • Senado de la Comunidad compuesto por delegados de la Asamblea Nacional francesa y de las asambleas legislativas de los miembros de la Comunidad, electos por estas;
  • Y una Corte Arbitral de la Comunidad.

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