Título profesional de abogadoEl título profesional de abogado/a[1][2] o título de abogado/a, es la autorización o licencia para poder ejercer la abogacía en España. El título se obtiene tras superar la prueba de acceso a la abogacía. Lo expide el Ministerio de Justicia del Gobierno de España. El título de abogado fue creado en el año 2006 con la Ley 34/2006, de 30 de octubre. Hasta la entrada en vigor de dicha ley, no existía un "título de abogado" como tal en España.[3] Hasta el año 2011 con la Licenciatura en Derecho solamente era posible colegiarse en algún Colegio de Abogados y ejercer la abogacía, pero desde ese año el sistema cambió. El título profesional de abogado (2006)Para unir todos los sistemas de práctica legal, España reformó la práctica legal en el año 2006. La Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de abogado y procurador de los tribunales[4] introdujo el Título Profesional de Abogado:
De esta manera la mencionada Ley creó este título profesional que antes del año 2006 no existía en España como tal, estableció que es el requisito básico para poder colegiarse y ejercer la abogacía. El nuevo acceso a la abogacía (2011)Para aplicar y desarrollar esa Ley se aprobó el reglamento en virtud del Real Decreto 775/2011, de 3 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de abogado y procurador de los tribunales[5] y se modificó el sistema de acceso a la práctica legal. Hasta 2011 con la Licenciatura en Derecho solamente ya podía colegiarse y ejercer la abogacía, pero, en 2011 el Real Decreto 775/2011, de 3 de junio, estableció lo siguiente:
Con lo que para la obtención del Título Profesional de Abogado es necesario: Por lo que, desde 2011, el nuevo acceso a la práctica legal requiere: grado en Derecho (4 años), máster en abogacía (18 meses) y la prueba de acceso a la abogacía. Supone una formación total de unos 6 años hasta la práctica efectiva como abogado. Una vez superada la prueba de acceso a la abogacía el Ministerio de Justicia del Gobierno de España otorga a dicha persona el título de abogado/a y con el título puede colegiarse y ejercer la abogacía. Referencias
Information related to Título profesional de abogado |