El presidente de la Junta de Andalucía, según su Estatuto de Autonomía, dirige y coordina la actividad del Consejo de Gobierno, coordina la administración de la comunidad autónoma, designa y separa a los consejeros y ostenta la suprema representación de la comunidad autónoma y la ordinaria del Estado en Andalucía. Se elige por el Parlamento de Andalucía entre sus miembros y es nombrado por el rey.
Es la presidencia del Parlamento quien, tras consultar a los portavoces de los grupos parlamentarios, propone un candidato a la jefatura del ejecutivo. El candidato o candidata, para ser elegido, debe presentar su programa, y seguidamente obtener mayoría absoluta en primera votación. Si no la consiguiese, se procedería a una segunda votación dos días después de la primera, en la que será suficiente para obtener la presidencia a través de mayoría simple. Si no se diese el caso, se procedería con las demás propuestas de manera similar. Si en dos meses ningún candidato hubiese obtenido la presidencia de la Junta, se disolverá el Parlamento y se convocarán nuevas elecciones.
Investidura
Una vez elegido el presidente de la Junta por el Parlamento, este hecho se comunica al rey para su nombramiento oficial.[1] Tras esto, el presidente procederá a nombrar a los consejeros y a distribuir entre ellos las funciones ejecutivas.
Funciones y responsabilidades
El Estatuto de Autonomía de Andalucía define las funciones y responsabilidades ante el Parlamento del Presidente de la Junta en el artículo 117 del capítulo tercero del Título IV.[2]
El presidente es por un lado, jefe del ejecutivo andaluz, y por otro, máximo representante de Andalucía de cara tanto al resto de España como al extranjero. De la misma manera, es a la vez representante del Estado en Andalucía.
Esta función de representante de la nación se distingue de la de delegado del Gobierno, alto funcionario del Estado que representa al Gobierno central y que dirige las administraciones y servicios descentralizados de la Administración General del Estado en Andalucía. El delegado del Gobierno mantiene las relaciones de cooperación y coordinación entre la Administración del Estado y sus organismos públicos y los correspondientes de ámbito autonómico y local.[3]
En tanto que jefe del ejecutivo, este dirige y coordina la acción de gobierno del Consejo de Gobierno de Andalucía, del que nombra y separa a los consejeros, sobre los que puede delegar temporalmente funciones ejecutivas propias. Tiene la autoridad sobre el conjunto de la administración propia de la comunidad autónoma de Andalucía.
Es responsable políticamente ante el Parlamento de Andalucía. Puede convocar consultas populares para asuntos de interés autonómico, a excepción de los referéndums, que son de competencia nacional y requieren autorización de las Cortes Generales. En caso de infracción o delito en el ejercicio de sus funciones, debe comparecer ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. Ante este mismo se le podrá exigir la responsabilidad civil en que hubiera incurrido el presidente de la Junta con ocasión del ejercicio de su cargo.
Listado de presidentes
El primer titular fue Rafael Escuredo. Antes de 1982, los presidentes de la primera (1978-1979) y segunda (1979-1982) Junta Preautonómica fueron Plácido Fernández Viagas y el propio Escuredo, respectivamente, ambos del PSOE.
Legislatura
Gobierno
Presidente de la Junta de Andalucía
Nombramiento
Cese
Notas
Lista de presidentes de la Junta Preautonómica de Andalucía