La Orden al Mérito Policial de la Unidad del Cuerpo Nacional de Policía Adscrita a la Comunidad Autónoma de Andalucía, simplemente conocida como la Orden al Mérito Policial de Andalucía, es una distinciónespañola otorgada por la Junta de Andalucía y creada el 1 de diciembre de 2020 para ofrecer un reconocimiento especial a los miembros de la Unidad del Cuerpo Nacional de Policía Adscrita a la Comunidad Autónoma de Andalucía. Dentro de esta orden, existe una distinción honorífica para reconocer los servicios extraordinarios prestados para aquellos otros funcionarios, personas o entidades colaboradoras no pertenecientes a la citada unidad. Excepcionalmente, podrá concederse la Medalla al Mérito a miembros de otras fuerzas y cuerpos de seguridad.[1]
Categorías
Medalla al mérito policial
Otorgada en los siguientes supuestos:
Intervenir en servicios en los que se haya mantenido una conducta que evidencie un sobresaliente y excepcional valor personal, abnegación y eficacia, con riesgo de la propia vida y derivándose de manera causal el fallecimiento, la gran invalidez o la incapacidad permanente absoluta para todo tipo de trabajo.
Participar en tres o más actos de servicio en los que concurran las circunstancias descritas en el párrafo anterior, aunque no se produzcan lesiones ni secuelas como las que en el mismo se contienen.
Realizar actos relativos a las competencias propias de la Unidad del Cuerpo Nacional de Policía Adscrita a la Comunidad Autónoma de Andalucía y en los que se evidencie una relevante cualidad profesional o cívica.
Sobresalir con notoriedad en el cumplimiento de los deberes profesionales, constituyendo conducta ejemplar digna de ser resaltada como mérito extraordinario.
Realizar estudios profesionales o científicos que prestigien a la Unidad del Cuerpo Nacional de Policía Adscrita a la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Realizar otros actos servicios o méritos excepcionales que hayan redundado en beneficio de la colectividad, no previstos en el presente artículo y que merezcan esta condecoración por implicar méritos de carácter extraordinario.
Cruz de permanencia
Cruz de permanencia de oro de veinte años.
Cruz de permanencia de plata de quince años.
Cruz de permanencia de bronce de diez años.
Cruz de permanencia de oro
Cruz de permanencia de plata
Cruz de permanencia de bronce
Distinción honorífica
Esta distinción, de manera ordinaria o excepcional, será concedida a personas, colectivos o entidades públicas o privadas que se hagan acreedoras de estas distinciones y desarrollen de manera puntual o continuada actos de relevante importancia relacionados con las competencias de la citada Unidad.