En España, el ingreso mínimo vital (IMV) es una prestación económica garantizada por la Seguridad Social en su modalidad no contributiva. El IMV se define como un «derecho subjetivo» y tiene por objeto prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que vivan solas o integradas en una unidad de convivencia, cuando se encuentren en una situación de vulnerabilidad por carecer de recursos económicos suficientes para la cobertura de sus necesidades básicas.[1] La prestación, que no es fija y varía en función de diversos factores, oscila entre los 461,5 y los 1015 euros.[2]
El ingreso mínimo vital fue diseñado por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, liderado por el ministro José Luis Escrivá, a través del Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social, con la colaboración de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.[1] Se aprobó el 29 de mayo de 2020, entrando en vigor el 1 de junio del mismo año.[3] El 10 de junio el Congreso de los Diputados apoyó la medida sin ningún voto en contra, si bien el partido Vox se abstuvo.[4] El FMI expresó su apoyo al ingreso mínimo vital en España, calificándolo de «esencial».[5]
Requisitos para solicitar el ingreso mínimo vital
Para solicitar el ingreso mínimo vital existen una serie de requisitos que hay que cumplir:[6]
- La edad tiene que estar comprendida entre 23 y 65 años.
- La residencia legal tiene que estar en España de forma continuada e ininterrumpida. Esto se tiene que cumplir durante el año anterior a la presentación de la solicitud.
- Hay que demostrar que tu situación es de vulnerabilidad económica. Para determinarlo se analizará el nivel de ingresos y el patrimonio de la persona solicitante y de su unidad de convivencia.
- Tener solicitadas las prestaciones y pensiones a las que tengas derecho. Aquí no se incluyen los salarios sociales, rentas mínimas de inserción o ayudas similares de cada comunidad autónoma.
- Estar dado de alta como demandante de empleo en el SEPE. Tienes un plazo de 6 meses para hacerlo desde el momento de la solicitud.
- Si tu edad está entre 23 y 29 años tienes que haber vivido independientemente durante al menos tres años antes del momento de presentar la solicitud.
Referencias
Enlaces externos