Como parte de los denominados viajes menores o andaluces que la Corona española había autorizado en desmedro de Colón, Vicente Yáñez Pinzón había descubierto el Brasil el 26 de enero de 1500 cuando desembarcó, nombró y tomó posesión del cabo de Santa María de la Consolación. Siguió luego la costa hacia el noroeste descubriendo el río Amazonas hasta alcanzar Paria y vía La Española regresar a España.
Este viaje, que fue el más largo e importante realizado en la época por sus resultados geográficos, fue en cambio un desastre económico. Pese a todo, los reyes se mostraron muy interesados por la posesión de la inmensa costa descubierta por Pinzón, así que trataron de estimularlo para que volviera a ella, por lo que el 5 de septiembre de 1501 firmaron con él una capitulación en la que, entre otras cosas lo nombran Capitán y Gobernador:
Primeramente, que por quanto vos el dicho Bicente Yáñes Pincón, vecino de la villa de Palos, por nuestro mandado e con nuestra licencia e facultad fuistes a vuestra costa e mynsión con algunas personas e parientes e amigos vuestros, a descubrir en el mar océano a las partes de las Yndias con quatro navios, adonde con el ayuda de Dios Nuestro Señor e con vuestra yndustria e trabajo e diligençia descobristes ciertas yslas e tierra firme, [a lasl que posistes los nonbres siguientes: Santa María de la Consolación e Rostro Hermoso; e dende allí seguistes la costa que se corre al Norueste fasta el Río Grande que llamastes Santa María de la Mar Dulce; e por el mismo Norueste toda la tierra de luengo fasta el cabo de San Biçente, que es la misma tierra, donde por las descobrir e allar posistes vuestras personas a mucho riesgo e peligro por nuestro servicio. e sufristes muchos trabqjos e se vos recreció nuchas pérdidas e costas. E acatando el dicho seruicio que Nos fezistes e esperamos que nos hareys de aquí adelante, tenemos por bien e queremos que, en quanto nuestra merced e voluntad fuere, ayades e gozedes de las cosas que adelante en esta capitulación serán declaradas e contenidas.
Conviene a saber: en remuneración de los seruicios e gastos e los daños que se vos recrecieron en el dicho viaje, vos el dicho Bicente Yáñes, quanto nuestra merced e voluntad fuere, seades nuestro Capitán e Governador de las dichas tierras de suso nonbradas, desde la dicha punta de Santa María de la Consolación seguyendo la costa fasta Rostro Fermoso, e de allí toda la costa que se corre al Norueste hasta el dicho río que vos possistes nonbre Santa María de la Mar Dulce, con las yslas questán a la boca del dicho río, que se nonbra Mariatanbalo; el qual dicho oficio e cargo de Capitán e Governador podades vsar e exercer e vsedes e exercedes por vos o por quien vuestro poder oviere, con todas las cosas anexas e concernientes al dicho cargo, segund que lo vsan e lo pueden e deven usar los otros nuestros capitanes e governadores de las semejantes yslas e tierra nuevamente descubiertas.[1]
Los Reyes Católicos demostraban con esto que concedían mucha importancia a los descubrimientos de Pinzón y que confiaban en su valía para seguir prestándoles servicios, por eso, para premiarlo por lo que había conseguido, al mismo tiempo que lo animaban y ayudaban para seguir sirviéndoles, el viernes 8 de octubre de 1501 fue nombrado caballero por el rey Fernando el Católico en la torre de Comares de la Alhambra, el Palacio Real de Granada.
Vicente Yáñez Pinzón no pudo o no quiso realizar este viaje. Generalmente se suele decir que la falta de recursos le impidió realizarlo. Sin embargo, Yáñez podía conseguir crédito cuando era necesario, aunque fuera a muy altos intereses, por lo que es posible que ya en esa fecha tan temprana dudara, a raíz de los viajes portugueses a esas costas, de la soberanía de los reyes españoles sobre ellas en razón del Tratado de Tordesillas y por consiguiente, de su facultad para otorgarle a él su gobernación.
Al no realizar el viaje, la gobernación quedó anulada:
Yten, que si vos el dicho Bicente Yáñes Pincón quisierdes yr dentro de vn año, que se cuente del dia de la fecha desta capitulaçión e asiento, con algund navío o navíos a las dichas yslas e tierras e nos a rescatar e traer qualquier cosa de ynterese e prouecho, que por el mismo viaje que fuerdes, sacando primeramente para vos las costas que ovierdes fecho en los fletes e armasón del dicho primero viaje, que del ynterese que remaneciere ayamos e llevemos Nos la quinta parte e vos el dicho Bicente Yáñes las quatro quintas partes, con tanto que no podays traer esclavos ni esclavas algunas ni vayáys a las yslas ni tierra firme que hasta oy son descubiertas o se han de descobrir por nuestro mandado e con nuestra licencia, ni a las yslas e tierra firme del Serenísimo Rey de Portogal y Príncipe, nuestro muy caro e muy amado fijo, nin podades dellas traer ynterese ni provecho alguno, síno mantenimiento para la gente que llevardes, por vuestros dineros; e pasando el dicho año no podades gosar ni gozedes de lo contenido en este dicho capítulo.